La justicia local dictó una medida cautelar que limita significativamente los descuentos que el Banco de Córdoba puede efectuar sobre los haberes de una empleada provincial. El tribunal ordenó a la entidad abstenerse de debitar cantidades superiores al 20% de la remuneración mensual.
La resolución judicial se funda en los principios de protección al consumidor y permanecerá vigente hasta que se resuelva el litigio de manera definitiva. Durante este período, el Bancor deberá ajustar sus operaciones de débito conforme al límite establecido.
El tribunal consideró que la situación requería una intervención urgente para evitar daños potenciales a los derechos de la trabajadora. Los descuentos desproporcionados sobre salarios fueron interpretados como prácticas que vulneran garantías fundamentales reconocidas en materia de defensa del consumidor.
Las medidas cautelares cumplen la función de proteger derechos de manera provisoria cuando existe riesgo de daño irreversible. En este caso, el juzgado entendió que los ingresos laborales de la empleada podían ser afectados de modo grave sin una intervención judicial inmediata.
El Banco de Córdoba queda obligado a cumplir con la disposición emanada del tribunal. La decisión refleja la evolución del ordenamiento legal en materia de protección de derechos laborales y de consumo en la provincia.
Imagen: KATRIN BOLOVTSOVA / Pexels – Con informacion de Perfil





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